Cuánto vale tu maleta según el año en que volaste
Casi todas las páginas que te dicen cuánto vale una maleta perdida publican una sola cifra y no dicen de qué año es. Esa cifra cambia cada 1 de febrero, y la que aplica a tu caso no es la de hoy: es la de la fecha de tu vuelo. Aquí está la tabla completa, la regla que decide qué renglón te toca y los montos que circulan mal. Esto no te promete un pago: te dice qué cantidad puedes sostener con la ley en la mano.
Actualizada el 13 de septiembre de 2026. 11 fundamentos legales, todos cotejados contra el texto oficial
La ley no fija pesos, fija UMA
En un vuelo nacional, la indemnización por equipaje no está escrita en pesos en ninguna parte. Está escrita en UMA, que es una unidad de cuenta que el INEGI recalcula cada año. Por eso ninguna cifra en pesos es correcta para siempre, y por eso una página que te da un solo número sin fecha te está dando el número de algún año, no el tuyo.
La indemnización por la destrucción o avería del equipaje de mano será de hasta ochenta Unidades de Medida y Actualización. Por la pérdida o avería del equipaje facturado la indemnización será equivalente a la suma de ciento cincuenta Unidades de Medida y Actualización.
Fuente: Ley de Aviación Civil, texto vigente publicado por la Cámara de Diputados (última reforma DOF 14-11-2025) Consultada el 13 de septiembre de 2026.
Ese es el artículo 62, párrafo segundo. Vale la pena leerlo despacio, porque la ley usa dos palabras distintas: para el equipaje de mano dice "hasta" ochenta, y para el equipaje facturado dice "equivalente a la suma de" ciento cincuenta. En el de mano, la cifra es un techo. En el documentado, es la cantidad que la ley pone como equivalente. Aun así, lo que termines recibiendo se define en la negociación o en la conciliación, y la aerolínea casi siempre abre ofreciendo menos.
La tabla, año por año
Busca el renglón donde cae la fecha de tu vuelo. No el año en que estás reclamando ni el año en que te van a pagar: el de la fecha en que perdieron tu maleta.
Valor de la UMA diaria y topes por equipaje, por periodo de vigencia
- Si tu vuelo fue entre
- 01/02/2022 al 31/01/2023
- UMA diaria
- $96.22
- Equipaje documentado (150 UMA)
- $14,433.00
- Equipaje de mano (80 UMA)
- $7,697.60
- Si tu vuelo fue entre
- 01/02/2023 al 31/01/2024
- UMA diaria
- $103.74
- Equipaje documentado (150 UMA)
- $15,561.00
- Equipaje de mano (80 UMA)
- $8,299.20
- Si tu vuelo fue entre
- 01/02/2024 al 31/01/2025
- UMA diaria
- $108.57
- Equipaje documentado (150 UMA)
- $16,285.50
- Equipaje de mano (80 UMA)
- $8,685.60
- Si tu vuelo fue entre
- 01/02/2025 al 31/01/2026
- UMA diaria
- $113.14
- Equipaje documentado (150 UMA)
- $16,971.00
- Equipaje de mano (80 UMA)
- $9,051.20
- Si tu vuelo fue entre
- 01/02/2026 al 31/01/2027
- UMA diaria
- $117.31
- Equipaje documentado (150 UMA)
- $17,596.50
- Equipaje de mano (80 UMA)
- $9,384.80
| Si tu vuelo fue entre | UMA diaria | Equipaje documentado (150 UMA) | Equipaje de mano (80 UMA) |
|---|---|---|---|
| 01/02/2022 al 31/01/2023 | $96.22 | $14,433.00 | $7,697.60 |
| 01/02/2023 al 31/01/2024 | $103.74 | $15,561.00 | $8,299.20 |
| 01/02/2024 al 31/01/2025 | $108.57 | $16,285.50 | $8,685.60 |
| 01/02/2025 al 31/01/2026 | $113.14 | $16,971.00 | $9,051.20 |
| 01/02/2026 al 31/01/2027 | $117.31 | $17,596.50 | $9,384.80 |
Cada valor de la UMA rige del 1 de febrero de su año al 31 de enero del siguiente, no del 1 de enero. Las columnas de pesos son el resultado de multiplicar la UMA diaria de ese periodo por las unidades del artículo 62. La tabla llega hasta 2022 para que puedas ubicar un vuelo viejo o un asunto que todavía trae cola, no porque un vuelo de ese año siga en plazo: los plazos para reclamar son mucho más cortos y se explican abajo.
Fuente: INEGI, comunicados anuales del valor de la Unidad de Medida y Actualización, cotejados uno por uno Consultada el 12 de septiembre de 2026.
La regla del 1 de febrero
Aquí está el detalle que casi nadie publica y que mueve la cifra. El INEGI anuncia el valor nuevo de la UMA en los primeros diez días de enero, pero ese valor no entra en vigor ese día: entra el 1 de febrero. Durante todo enero sigue rigiendo el valor del año anterior.
Traducido a tu caso: si volaste en enero, tu maleta se paga con la UMA del año pasado, aunque el periódico ya haya publicado la nueva. Es un mes al año en el que la cifra que todo el mundo está citando no es la que te toca.
Dos vuelos con un mes de diferencia, misma maleta documentada
Vuelo del 15/01/2026: 150 UMA × $113.14 (la UMA de 2025). Vuelo del 15/02/2026: 150 UMA × $117.31 (la de 2026)
$16,971.00 contra $17,596.50. La diferencia es de $625.50
Para que esta cuenta aplique
- Los dos son vuelos nacionales y en los dos la maleta iba documentada, con talón.
- La cuenta usa la UMA diaria, que es la que aplica cuando una ley dice "UMA" a secas.
- Es la cantidad que fija la ley, no la que la aerolínea vaya a ofrecerte de entrada.
Fuente: Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, texto vigente (DOF 30-12-2016) Consultada el 13 de septiembre de 2026.
Qué fecha manda: la del daño
La Ley de Aviación Civil resuelve la duda en una línea, al final del artículo 64, y conviene copiarla tal cual en tu reclamación.
Para el pago de las indemnizaciones se tomará como base la Unidad de Medida y Actualización, en la fecha en que ocurran los daños.
Fuente: Ley de Aviación Civil, texto vigente publicado por la Cámara de Diputados (última reforma DOF 14-11-2025) Consultada el 13 de septiembre de 2026.
Lo que esa línea decide
- No importa cuándo reclames. Un vuelo de 2024 se paga con la UMA de 2024 aunque reclames en 2026.
- No importa cuándo te paguen. Si el convenio se firma dos años después, la base sigue siendo la del vuelo.
- No importa cuándo la aerolínea declare perdida la maleta. La fecha del daño es la del vuelo en que debió entregarse.
- Si el trámite se alarga, la inflación corre en tu contra y no hay actualización automática del monto. Es una razón más para no dejar dormir el asunto.
Los montos que circulan mal
Estos cuatro errores están hoy en los primeros resultados de búsqueda. Si alguno te suena, ya sabes de dónde viene.
Cuatro cifras equivocadas y por qué lo son
- Los topes viejos de 40 y 75. Son los de la redacción anterior del artículo 62, que los contaba en salarios mínimos y no en UMA; la reforma publicada el 26 de junio de 2017 los subió a 80 y 150 y los pasó a Unidades de Medida y Actualización. Con la UMA más reciente de esta tabla, quien pide 75 unidades por una maleta documentada está pidiendo $8,798.25 en lugar de $17,596.50.
- La UMA mensual en lugar de la diaria. El INEGI publica tres valores: diario, mensual (el diario por 30.4) y anual. Cuando una ley dice "UMA" sin apellido, es la diaria. Usar la mensual multiplica la cifra por treinta y pico y produce montos imposibles que ninguna aerolínea va a pagar.
- Convertir las unidades a salario mínimo. Es el reflejo de quien aprendió la regla vieja: hasta la reforma de 2017 este artículo se leía en salarios mínimos. La UMA existe precisamente para separar estas cantidades del salario, y no valen lo mismo.
- Los 600 euros del reglamento europeo. No rigen un vuelo mexicano. Es la cifra que usan los intermediarios de comisión para captar casos, y aplicarla aquí sólo hace que tu reclamación empiece pidiendo algo que la ley mexicana no prevé.
Lo de la reforma se comprueba sin salir del texto oficial. Al pie del artículo 62, la edición de la Cámara de Diputados anota las dos fechas en que se reformó: la primera es la que subió los montos y los pasó a UMA, y la segunda volvió a tocar el artículo sin mover esas cantidades.
Artículo reformado DOF 26-06-2017, 18-06-2018
Fuente: Ley de Aviación Civil, texto vigente publicado por la Cámara de Diputados (última reforma DOF 14-11-2025) Consultada el 13 de septiembre de 2026.
Cuándo la cifra se mueve
Los 150 y los 80 UMA son el régimen general. Hay tres situaciones en las que la cuenta no es esa, y las tres pueden jugar a tu favor.
- Declaraste el valor al documentar y pagaste el cargo adicional: la aerolínea responde por ese valor y no por las unidades del artículo 62. Conviene leer cómo está escrito, porque no se activa solo: el artículo 65 dice que la aerolínea y tú "podrán pactar" esa responsabilidad, así que es un acuerdo que se pide en el mostrador y se guarda por escrito.
- Hubo dolo o mala fe de la aerolínea o de su personal, o no te expidieron boleto o talón de equipaje: pierde el beneficio de la limitación y responde por los daños y perjuicios en términos del Código Civil Federal.
- Lo que gastaste mientras no tenías tus cosas va aparte y se prueba con tickets. No sale de la indemnización por la maleta ni la sustituye.
Equipaje de mano destruido o averiado, con la UMA más reciente de esta tabla
$9,384.80
Son 80 UMA, y aquí la ley sí dice "hasta": es un techo, y lo que se reconozca depende de lo que valga y de lo que puedas probar que traías.
Fuente: INEGI, comunicados anuales del valor de la Unidad de Medida y Actualización, cotejados uno por uno Consultada el 12 de septiembre de 2026.
Si tu vuelo fue internacional, esta tabla no es la tuya
Toda esta página habla de vuelos nacionales. En transporte aéreo internacional no manda la Ley de Aviación Civil: manda el Convenio de Montreal, y el límite por equipaje no va en UMA sino en DEG, una unidad de cuenta del Fondo Monetario Internacional.
Límite por equipaje en vuelo internacional
1,519 DEG por pasajero
Es el límite revisado del Convenio de Montreal, vigente desde el 28 de diciembre de 2024, y cubre destrucción, pérdida, avería y retraso del equipaje. Los DEG no son pesos y su equivalencia se fija al momento de resolver, así que no vas a encontrar aquí esa cifra convertida: cualquier conversión que pusiéramos hoy sería un número inventado con cara de dato.
Fuente: OACI, tabla oficial de límites de responsabilidad revisados del Convenio de Montreal, vigentes desde el 28 de diciembre de 2024 Consultada el 12 de septiembre de 2026.
Preguntas que nos hacen seguido
- ¿Cuánto pagan por una maleta perdida en 2026?
- La pregunta bien hecha no es cuánto pagan en 2026, sino en qué fecha fue tu vuelo. La ley fija la indemnización por equipaje documentado en 150 UMA y la del equipaje de mano en hasta 80 UMA, y manda usar el valor de la UMA de la fecha en que ocurrieron los daños. Con la UMA vigente más reciente de esta guía esas unidades equivalen a $17,596.50 y $9,384.80, que es lo que fija la ley y no lo que la aerolínea va a ofrecerte de entrada. Si tu vuelo fue en enero, te toca la UMA del año anterior, y si fue de otro año, busca su renglón en la tabla.
- ¿Por qué la UMA cambia el 1 de febrero y no el 1 de enero?
- Porque así lo dice el artículo 5 de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización: el INEGI publica el valor nuevo en los primeros diez días de enero, pero entra en vigor el 1 de febrero de ese año. Durante enero sigue rigiendo el valor del año anterior, y por eso un vuelo de enero se indemniza con la UMA del año pasado.
- ¿Se usa la UMA del vuelo o la del día en que me paguen?
- La del vuelo. El artículo 64, último párrafo de la Ley de Aviación Civil dice que para el pago de las indemnizaciones se toma como base la UMA en la fecha en que ocurran los daños. No importa cuándo reclames ni cuándo se firme el convenio: la base es la fecha del vuelo en que la maleta se perdió o debió entregarse.
- ¿Son 150 UMA o 75 UMA por una maleta documentada?
- Son 150. Los montos de 40 y 75 vienen de la redacción anterior del artículo 62, que los contaba en salarios mínimos y no en UMA. La reforma a la Ley de Aviación Civil publicada el 26 de junio de 2017 los subió a 80 unidades para el equipaje de mano y 150 para el documentado, y las pasó a Unidades de Medida y Actualización; el artículo se reformó otra vez el 18 de junio de 2018 sin mover esas cantidades. Las cifras viejas siguen circulando en páginas y formatos que nadie actualizó, y quien las usa pide alrededor de la mitad de lo que la ley reconoce.
- ¿Se usa la UMA diaria, la mensual o la anual?
- La diaria. El INEGI determina tres valores: el diario, el mensual, que es el diario multiplicado por 30.4, y el anual, que es el mensual por 12. Cuando la Ley de Aviación Civil dice "Unidades de Medida y Actualización" sin apellido se refiere a la diaria. Usar la mensual infla el monto más de treinta veces y es el origen de las cifras imposibles que a veces se ven en foros.
- ¿Me pueden pagar más de 150 UMA por mi maleta?
- Sí, en dos supuestos. El primero es el valor declarado: si al documentar declaraste el valor de tu equipaje y pagaste el cargo adicional, la aerolínea responde por ese valor y no por el tope en unidades. Vale la pena saber que el artículo 65 lo escribe como algo que la aerolínea y tú "podrán pactar", no como un derecho que se active solo por declarar el valor, así que se pide en el mostrador y se guarda por escrito. El segundo es que se pruebe dolo o mala fe de la aerolínea o de su personal, o que no te hayan expedido boleto o talón de equipaje: ahí pierde el beneficio de la limitación y responde por los daños y perjuicios causados. Aparte de la indemnización, lo que gastaste mientras no tenías tus cosas se reclama con tickets.
En qué se apoya todo lo anterior
Cada artículo sale del catálogo legal de telavuelas, no de esta página. Los que dicen “cotejado” los leímos en el texto oficial en la fecha que se indica; los que dicen “pendiente” son nuestra lectura de trabajo y todavía no se confirman. Te decimos cuál es cuál para que no cites algo que no está comprobado.
Ley de Aviación Civil, artículo 62, párrafo segundo
Cotejado contra el texto oficialSi pierden o averían tu equipaje facturado, la indemnización equivale a 150 UMA.
Ver el texto de la ley Cotejado el 12 de septiembre de 2026.
Ley de Aviación Civil, artículo 62, párrafo segundo
Cotejado contra el texto oficialSi destruyen o averían tu equipaje de mano, la indemnización es de hasta 80 UMA.
Ver el texto de la ley Cotejado el 12 de septiembre de 2026.
Ley de Aviación Civil, artículo 64, párrafo último
Cotejado contra el texto oficialPara pagar estas indemnizaciones se toma el valor de la UMA de la fecha en que ocurrieron los daños, no el de hoy ni el del día que se pague.
Ver el texto de la ley Cotejado el 12 de septiembre de 2026.
Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, artículo 3
Cotejado contra el texto oficialLo que la ley fija en UMA es de monto determinado y se paga en pesos: se multiplica el número de unidades por el valor de la UMA de la fecha que corresponda.
Ver el texto de la ley Cotejado el 13 de septiembre de 2026.
Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, artículo 4, fracciones I a III
Cotejado contra el texto oficialEl INEGI determina cada año tres valores distintos de la UMA: el diario, el mensual (el diario por 30.4) y el anual (el mensual por 12). Cuando una ley dice "UMA" a secas, como el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil, se refiere a la diaria.
Ver el texto de la ley Cotejado el 13 de septiembre de 2026.
Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, artículo 5
Cotejado contra el texto oficialEl INEGI publica el valor de la UMA en los primeros diez días de enero, pero ese valor entra en vigor hasta el 1 de febrero de ese año. Por eso un vuelo de enero se paga con la UMA del año anterior.
Ver el texto de la ley Cotejado el 13 de septiembre de 2026.
Ley de Aviación Civil, artículo 65, párrafo segundo
Cotejado contra el texto oficialLa aerolínea puede pactar contigo que responda por el valor total del equipaje facturado que declares, en los mismos términos que la carga: declaración de valor y un cargo adicional equivalente al costo de esa garantía. Es un acuerdo que se ofrece y se contrata, no un derecho que puedas ejercer tú solo al documentar.
Ver el texto de la ley Cotejado el 13 de septiembre de 2026.
Ley de Aviación Civil, artículo 64, párrafo primero
Cotejado contra el texto oficialLa aerolínea pierde el beneficio del tope y responde por todos los daños y perjuicios si se prueba dolo o mala fe suya o de sus empleados, o si no te expidió boleto, talón de equipaje o guía de carga.
Ver el texto de la ley Cotejado el 12 de septiembre de 2026.
Ley de Aviación Civil, artículo 66, párrafos primero y segundo
Cotejado contra el texto oficialLa reclamación por pérdida o avería de equipaje facturado se presenta ante la aerolínea dentro de los 15 días siguientes a la entrega o a la fecha en que debió entregarse. No reclamar a tiempo impide ejercer la acción. Además, las acciones para exigir el pago de la indemnización prescriben a los 90 días contados desde la fecha en que debió entregarse el equipaje, no desde tu reclamación.
Ver el texto de la ley Cotejado el 13 de septiembre de 2026.
Ley de Aviación Civil, artículo 47 Bis, fracción IX, párrafo último (y artículo 51)
Cotejado contra el texto oficialEn transporte aéreo internacional, el equipaje se rige por los tratados que México tiene firmados, no por las reglas nacionales de esta ley.
Ver el texto de la ley Cotejado el 12 de septiembre de 2026.
Convenio de Montreal (1999), artículo 22, párrafo 2 (límite revisado por la OACI)
Cotejado contra el texto oficialEn vuelo internacional, el límite de responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje es de 1,519 DEG por pasajero, vigente desde el 28 de diciembre de 2024. Los DEG (Derechos Especiales de Giro) son una unidad del FMI: no son pesos y su equivalencia se fija al momento de la resolución.
Ver el texto de la ley Cotejado el 12 de septiembre de 2026.
¿Te pasó a ti? Arma tu queja con estos datos ya puestos
Te preguntamos los hechos de tu vuelo, ordenamos tu reclamación en el formato que Profeco espera leer y le ponemos el fundamento legal que corresponde. Gratis, sin CURP ni RFC, y la presentas tú: no te representamos ni presentamos nada a tu nombre.
Tu caso entra como “Me perdieron la maleta”: lo dejamos marcado para que no tengas que buscarlo.
Si tu caso es un poco distinto
telavuelas no es un despacho ni te representa. Esta guía es información general sobre lo que dicen la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor; no es asesoría para tu caso ni promete un resultado. Quien resuelve es la aerolínea o Profeco, y lo que se obtenga depende de los hechos que puedas probar.